A tres días de la jornada electoral, realizan sustituciones de candidaturas para partidos políticos

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Guanajuato, Gto. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEEG), determinó este miércoles en sesión extraordinaria a distancia, la improcedencia de la reimpresión de boletas electorales correspondientes a la elección de integrantes del Ayuntamiento de Victoria en el Proceso Electoral Local (PEL) Ordinario 2020-2021 en el estado de Guanajuato.

El 29 de mayo de 2021, se recibió en el Consejo Municipal Electoral de Victoria el oficio 74, suscrito por el representante suplente del Partido del Trabajo (PT) ante dicho órgano colegiado, en el que hizo la solicitud de que no aparezca en las boletas electorales este 6 de junio el partido político MORENA ya que no hay candidato registrado en ese municipio.

También se recibió en el Consejo Municipal Electoral de Victoria el oficio 75 suscrito por el candidato a la presidencia municipal postulado por el PT, a través de cual solicita la cancelación de las boletas electorales del partido MORENA ya que no hay candidato registrado en dicho municipio.

En el proyecto de acuerdo se indicó que para emitir una determinación sobre la reimpresión de boletas electorales debe tomarse en consideración que se garantice que las boletas obren en poder de los consejos electorales con la anticipación necesaria para que puedan utilizarse como medio de expresión del voto en la jornada electoral.

Asimismo, no es materialmente posible llevar a cabo la reimpresión de las boletas electorales que se utilizarán para la elección de integrantes del Ayuntamiento de Victoria, dada la cercanía de la jornada electoral que se celebrará el 6 de junio, aunado a que en términos de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 224 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG), se ha comenzado a entregar a las presidencias de mesas directivas de casilla la documentación electoral que se utilizará en dicha jornada comicial.

Además al faltar solo tres días naturales para la celebración de la jornada electoral, no se cuenta con tiempo suficiente para llevar a cabo la producción de las boletas electorales, su traslado al Consejo Municipal Electoral de Victoria, para que éste realice su conteo, sellado y agrupamiento, así como el armado de los paquetes electorales y su entrega a las presidencias de las mesas directivas de casilla, siendo que esto último debe verificarse dentro de los cuatro días previos al anterior de la jornada, como dispone el primer párrafo del citado artículo 224 de la ley electoral local.