Priistas rechazan propuestas en materia de reeleccción

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Guanajuato, Gto 26 de mayo de 2017. Durante la sesión ordinaria del jueves, los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI realizaron 13 reservas a la iniciativa de reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, en materia de elección consecutiva para algún cargo de representación popular.

En voz del diputado Rigoberto Paredes Villagómez, coordinador de la bancada tricolor, propuso que el artículo 11 se modificara en sus párrafos penúltimo y último para que decir: “Los diputados, presidentes municipales, síndicos y regidores que se encuentren en ejercicio de sus funciones y pretendan su elección consecutiva, deberán separarse de su cargo a más tardar al inicio de la campaña electoral respectiva”.

Argumentó que quienes se encuentren en algún cargo de este tipo y pretendan volver a ocuparlo, se colocan en el límite de violentar los principios constitucionales de imparcialidad, equidad e igualdad de condiciones al participar en la campaña electoral.

Por tanto, no se deben ignorar las restricciones que al artículo 134 de la Carta Magna establece y que por no separarse el 5% del tiempo del periodo por el que fueron electos, se sacrifique dicho principio.

El diputado Lorenzo Salvador Chávez Salazar propuso que el artículo 14 de este ordenamiento, establezca que “corresponderá a los partidos políticos o coaliciones determinar el lugar que ocupe en la lista de candidatos un diputado sujeto a elección consecutiva por la vía de la representación proporcional, la vía y el distrito electoral en que será postulado, así como el diputado que será postulado cuando tanto el propietario como el suplente de la misma fórmula hayan ejercido el cargo”.

En el mismo tenor, la diputada María Guadalupe Velázquez Díaz sugirió que el artículo 16 especifique que esta misma redacción se replique, quedando  “corresponderá a los partidos políticos o coaliciones determinar el lugar que ocupe en la planilla de candidatos un síndico o regidor sujeto a elección consecutiva, así como el regidor que será postulado cuando tanto el propietario como el suplente de la misma fórmula hayan ejercido el cargo”.

Las dos propuestas respaldadas en que los procesos se podrían ver confusos al contar con variedad de soluciones a la par de partidos políticos que participen, por lo que se generaría conflicto entre los procesos intra y extra partidarios.

Por su parte, la diputada Arcelia María González González puso a consideración que el artículo 175 de la misma Ley establezca que “el diputado, presidente municipal, síndico o regidor que pretenda la elección consecutiva deberá dar aviso por escrito de su intención al partido político, o cualquiera de los partidos políticos integrantes de la coalición que los postuló y al Consejo General dentro del plazo del 24 al 30 de agosto del año previo a la elección. La falta del aviso a los partidos políticos se entenderá que no se pretende la elección consecutiva”.

Finalmente, la diputada Luz Elena Govea López propuso que el artículo 207 bis se mantenga la redacción original de la iniciativa presentada para que diga que “los síndicos y regidores que participen en los procesos de elección consecutiva no podrán hacer uso de recursos institucionales de los que dispongan por el ejercicio de sus funciones, para promoverse con fines electorales”.