Absolución para los mineros presos y cancelación de órdenes de aprehensión

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Carlos Olvera

Guanajuato, Gto. 25 de febrero de 2011.- De manera sorpresiva, esta tarde los tres miembros de la sección sindical 142 de la Mina del Cubo que estaban recluidos en el Cereso de Puentecillas por el delito de despojo agravado, quedaron libres, después de permanecer casi un mes en la cárcel y en medio de un total hermetismo por parte de la dirigencia del Sindicato Nacional Minero.

Martín Reyna (de camiseta roja) al momento de ser liberado, afuera del Cereso de Puentecillas

Los tres mineros: Andrés Villa Licea, presidente del comité de huelga, Martín Reyna Cruces y Ramón Monsiváis Ortega, fueron recibidos por familiares y sus dirigentes sindicales alrededor de las 17:00 horas de este viernes, y en seguida abordaron una camioneta que los trasladó a sus hogares.

Los mineros fueron recibidos por sus esposas, hijos y líderes de la sección 142 del sindicato minero encabezados por Benjamín Jaramillo Saucedo, Teodoro Landín Jaramillo, Ricardo Ramírez Preciado y Filiberto García Marmolejo.

A su salida se negaron a dar declaraciones y mencionaron que este sábado o lunes ofrecerán una rueda de prensa para dar los pormenores de su liberación.

La orden de liberación se dio por una “promoción” de la propia Procuraduría General de Justicia del estado en la que habrían intervenido el gobernador del estado, Juan Manuel Oliva Ramírez, y el secretario de Gobierno, Héctor López Santillana.

Según un despacho de prensa de la procuraduría, en la decisión se consideraron el otorgamiento de perdón por parte de la empresa Gammon Gold, “por lo que tomando en cuenta las circunstancias actuales del asunto, así como que el bien jurídico tutelado se encuentra totalmente a salvo y que la afectación había quedado reparada; no resultaba procedente continuar con el ejercicio de la acción penal”.

Según se anota en el comunicado estas consideraciones se promovieron por parte del Ministerio Público ante el juez quien “decretó el sobreseimiento del juicio con carácter de sentencia absolutoria, lo que además trae como consecuencia la cancelación de las órdenes de aprehensión pendientes de cumplimentar”.