Camina IACIP hacia la autonomía

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Guanajuato; Gto; 01 de Mayo del 2013.- El Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato (IACIP) podría llegar a ser una institución con personalidad jurídica, patrimonio propio y con autonomía técnica y de gestión, a través de una inicitiva que presentará el próximo jueves el gobernador Miguel Márquez Márquez en el Congreso Local.

Personalidad jurídica obtendrá el IACIP (Foto: Especial)

Se trata de la iniciativa de reforma a la Constitución Política Local y de nueva Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Márquez aseguró que la propuesta tiene el objetivo de incorporar a nivel constitucional, los principios de imparcialidad, certeza, legalidad, independencia, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

También propone la autonomía del IACIP y se establece el carácter de sus resoluciones como vinculatorias, definitivas e inatacables, a fin de evitar la tentación de trámites y dilaciones contrarias a dicho principio.

Bajo un esquema de colaboración entre poderes, el ejecutivo propondrá en ternas al Congreso del Estado, quien decidirá el nombramiento de consejeros y se requerirá de una mayoría calificada de dos terceras partes, además de ampliarse su periodo a siete años, sin posibilidad de reelección, a fin de que no coincida con el ejecutivo que las propone ni con la legislatura que las aprueba, garantizando así su independencia.

En la propuesta presentada se siguen conservando los aspectos en los que se ha avanzado en transparencia y acceso a la información pública para el estado y los municipios de Guanajuato, siendo necesario realizar ajustes pertinentes y precisos.

En lo que se refiere a las precisiones estructurales destacan la distinción clara de las atribuciones encomendadas al Consejo General y al Secretario Ejecutivo que permitan evitar trámites dilatorios que incidan en la emisión de las resoluciones. Además, se incorpora la Secretaría General de Acuerdos y la Actuaria.

También resaltan las variantes de dotar al Secretario General de Acuerdos y Actuarios de fe pública en el ejercicio de su cargo y se establecen requisitos para ocupar dichos cargos; se homologan los principios de transparencia y máxima publicidad; se acorta el periodo del Presidente del Consejo General a dos años, y se modifica a la facultad del Consejo General para revisar la clasificación de información reservada que realizaran los sujetos obligados, en atención a que fungían como juez y parte.