Evaluación de jueces por el momento no

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Guanajuato, Gto. 23 de septiembre de 2016.- Ante la imposibilidad de que los jueces de Guanajuato sean evaluados con sustento en la ley, la fracción parlamentaria del PRI  presentó una iniciativa para que las calificaciones que obtengan en su desempeño, tengan sustento normativo.

Diputada del PRI, Arcelia González (Foto: Archivo)
Diputada del PRI, Arcelia González (Foto: Archivo)

Así lo informó la presidenta de la Comisión de Justicia Arcelia González, quien manifestó que las reformas propuestas en la iniciativa son para que la asertividad de los autos y sentencias  y el tema de que la salud sea acreditable a través de certificado médico sean eliminados, ya que son aspectos que fueron considerados violatorios de derechos humanos a nivel federal.

“Lo que pretendemos es adecuar el marco normativo, para que tenga que ver con la profesionalización y la capacitación, que existe en otras profesiones y en el ámbito de la impartición de justicia, tiene que ser obligatoria la calificación, porque se requiere que la justicia sea pronta y expedita”, reclacó.

Y señaló que esto permitiría que el puntaje con el que son calificados los jueces, sea efectivo y no como ahora que no se puede calificar a los jueces, inclusive subrayó que actualmente  las ternas que llegan al Congreso, vienen con la anotación del propio Poder Judicial, diciendo que “estima” que la calificación es tal, con base en otros criterios.

“Lo que se busca es abonar al tema porque, este asunto pueda ser ya medible como en otros casos. Son 7 criterios lo que se deben aplicar en las evaluaciones de los jueces, pero al declararse dos de ellos inconstitucionales, ya no da la sumatoria, entonces no se ha podido evaluarlos, aunque los otros cinco permanezcan desde abril de este año”.

Reconoció que los jueces siguen evaluándose, con base a criterios que ellos mismos justifican, pero lo esencial es que ese criterio fuera basado en la ley.

Cabe señalar que los otros 5 criterios para la evaluación de los jueces, que permanecen en la ley orgánica del Poder Judicial son: Capacitación, Oportunidad en el dictado de autos y Sentencias; Oportunidad para diligenciar y resolver exhortos; Administración de Valores y  recursos puestos a disposición del juez para la realización del Servicio y Calidad en la atención al público.