Define INE parámetros para resguardar la equidad en los procesos electorales

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Guanajuato, Gto.-El Instituto Nacional Electoral (INE) definió los alcances de la tutela inhibitoria para salvaguardar la obligación que le impone la Constitución al jefe del Ejecutivo Federal y mandatarios estatales de conducirse con neutralidad e imparcialidad, que aseguren un desarrollo en un contexto de equidad y libertad.  

Al acatar la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General declaró procedente esta medida cautelar con la que no se pretende sancionar al Ejecutivo, sino frenar una conducta que puede generar un desequilibrio en la contienda o en las preferencias electorales. 

En la sesión, el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, afirmó que la delimitación que establece el proyecto no sólo es congruente con lo plasmado en la Constitución en su artículo 134, sino también con la actuación que ha mantenido el INE a lo largo del tiempo con independencia del partido que esté en el gobierno. 

“Busca que lo que ocurrió en 2006 nunca más nos vuelva a pasar; es decir, que un funcionario público de primer nivel ponga en riesgo la equidad en la contienda electoral. En ese entonces el Presidente Vicente Fox, con sus recurrentes intervenciones buscando incidir en el voto ciudadano, puso en riesgo la elección”, puntualizó en un comunicado de prensa.   

Por ello aseveró que el acuerdo no dice si el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos puede o no realizar conferencias de prensa, o si puede o no expresarse e informar a la ciudadanía, sino que establece si puede o no intervenir con sus comentarios o dichos a favor o en contra de algunos de los contendientes de la elección con el propósito de incidir en el voto ciudadano, lo que prohíbe la Carta Magna. 

Córdova Vianello refirió que esta disposición ha estado vigente durante 13 años y ha regido durante cuatro Procesos Electorales Federales y tres gobiernos emanados de partidos diferentes que en su momento fueron objeto de un señalamiento cuando violaban el marco constitucional. 

“Entre los funcionarios públicos respecto de los que se determinaron violaciones constitucionales o la emisión de medidas cautelares hay que incluir a quienes fueron, en su momento, Presidentes de la República, Felipe Calderón, primero, y Enrique Peña Nieto, después”, agrega el despacho de prensa. 

Los parámetros aprobados 

El acuerdo establece que entre las manifestaciones que puedan implicar una posible trasgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el artículo 134 Constitucional destacan: 

  • El ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos (financiamiento público y acceso a radio y televisión). 
  • Vida interna de los partidos políticos nacionales y locales. 
  • Candidaturas de partidos políticos e independientes (registro, postulación, entre otros). 
  • Cargos de elección federal y local. 
  • Etapas del Proceso Electoral Federal y locales. 
  • Frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales. 
  • Plataformas electorales. 
  • Campañas electorales. 
  • Estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como a encuestas de intención de voto o preferencias electorales.