Concede el INE dos cautelares por violencia política en razón de género

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Guanajuato, Gto. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció de siete solicitudes de medidas cautelares, presentadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), María Elena Limón García, Itzel Josefina Baldera Hernández, Movimiento Ciudadano (MC), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Morena.

El primero de los asuntos consistió en una queja presentada por Movimiento Ciudadano en contra del partido Fuerza por México, sus candidaturas a la presidencia, sindicatura y regidurías municipales del Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, así como en contra de Bernardino Naranjo Gutiérrez y la concesionaria del canal 4 TV en el mismo municipio, por la presunta adquisición de tiempos de radio y televisión en favor del partido, disfrazado de un ejercicio de libertad de expresión durante el programa “La hora de Nino”. Lo anterior, con motivo de la difusión de propaganda y transmisión de promocionales distintos a los ordenados por el Instituto Nacional Electoral los pasados 11, 18, 25 de marzo y el 1 y 8 de abril.

Si bien se consideró la improcedencia de las medidas cautelares respecto de los programas denunciados, pues dada la temporalidad se trata de hechos consumados de imposible reparación, la Comisión determinó emitir una tutela preventiva para que, en adelante, el titular del programa Bernandino Naranjo se abstenga de transmitir propaganda electoral que no ha sido pautada por la autoridad nacional y que podría constituir una violación al modelo de comunicación política establecido en el artículo 41 constitucional.

En segundo lugar, la Comisión conoció de la queja presentada por el PRI en contra de Fuerza por México, por el promocional TODOS ZAC (versión tv) pautado para la etapa de campañas local en Zacatecas, ya que, alega el quejoso, en dicho material se promocionan candidaturas federales, en contravención al modelo de comunicación política y equidad de la contienda.

Al respecto se acreditó que Guadalupe Celia Flores Escobedo, Brenda Barrios Villegas, Fabiola Nájera Romero y Olga Livia Vázquez Esparza, están registradas como candidatas a diputaciones federales y aparecen en el promocional objeto de denuncia, por lo que se concedió la medida cautelar y se ordenó al partido que en un plazo de tres horas sustituya el material denunciado, pues bajo la apariencia del buen derecho, se vulnera el modelo de comunicación política.

En tercer término, la Comisión conoció la queja presentada por María Elena Limón García, candidata de Movimiento Ciudadano a diputada federal plurinominal en la Primera Circunscripción, en la cual denunció a Juan Carlos G. Partida, reportero de “La Jornada”, por lo que considera actos constitutivos de violencia política en razón de género en su perjuicio, derivado de la publicación de una imagen y mensajes en la red social Facebook, que se refieren a su cuerpo y apariencia.

La Comisión tuvo por acreditada la existencia de dos contenidos digitales denunciados que ubican en las redes sociales Facebook y Twitter, por lo cual se concedió la medidacautelar y se ordenó a las referidas redes, así como a Juan Carlos G. Partida que, de manera inmediata y en un plazo que no podrá excederse de 24 horas, contadas a partir de la notificación correspondiente, retiren las publicaciones.