Necesario reformar el código electoral: Jesús Badillo

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Carmen Pizano

Guanajuato, Gto. 24 de septiembre de 2012.- La falta de claridad en el Código Electoral del Estado de Guanajuato fue lo que desencadenó el cambio en la integración del Congreso Estatal, sostuvo el presidente consejero del IEEG, Jesús Badillo Lara.

Badillo Lara reconoció que el dictamen fue un revés para el IEEG (Archivo)

Reconoció que aunque para el órgano electoral local la resolución de la Sala de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordenó la reasignación de diputados plurinominales,  es un revés.

No obstante, dijo que el resolutivo estuvo basado en las interpretaciones que se les da a la legislación.

Luego de entregar la constancia a María Guadalupe Torres Rea, Badillo Lara apuntó que es necesario hacer modificaciones al código electoral vigente en el estado.

“A fin de cuentas, las normas requieren de claridad y ojalá se las den en beneficio de todos, no tanto de nosotros como autoridad, porque a final de cuentas nosotros ejercemos nuestra función, aplicamos la ley como nosotros la entendemos, pero debe ser en beneficio de los ciudadanos que participan en las contiendas para que los sistemas sean claros y no dejen la menor duda a su interpretación”, señaló

Tras 12 de años de polémica al momento de la designación de diputados plurinominales en Guanajuato por la interpretación que se le da a la ley, Badillo Lara señaló que la próxima legislación deberá atender el tema para que no se presenten inconvenientes en el 2015.

El presidente del órgano electoral comentó que lo único que ha hecho el instituto es seguir lo que establece la norma. “No nos podemos ir a una elección sin la conformidad de todos en la interpretación de esas normas porque a fin de cuentas están y son normas vigente”, aseguró.

La polémica se encuentra al momento de interpretar el artículo 282 del código electoral que dicta: “se procederá, en su caso, a adjudicar una diputación al partido político que hubiere obtenido la mayor votación y alcanzado la mayoría de los distritos uninominales; aun cuando ello rebase la relación de porcentajes entre la votación obtenida y el número de curules por ambos principios”.

Empero, la Sala de  Monterrey resolvió que existía inconstitucionalidad porque con Humberto Andrade Quezada, diputado por el principio de representación proporcional, el PAN alcanzaba el 53 por ciento de representación.