Niega Congreso discriminación en cambio de actas de nacimiento

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Guanajuato, Gto. 03 de marzo de 2017.- Para el tema de rectificación de actas de nacimiento a dos personas por reasignación sexual, sí existen dos recursos de revisión por las sentencias emitidas por el Juzgado Segundo de Distrito de amparo. El Congreso del Estado aceptó dichos recursos.

Por lo anterior, el Poder Legislativo señaló que sólo se pretende que sea constitucional la vía por la cual se pretende realizar la modificación y el recurso de revisión, no convierte el derecho de llevar la modificación a las actas, para que se adecuen a la realidad social, ya que el Código Civil establece que lo que no se lleve por la vía administrativa, será por la jurisdiccional.

Y es que así respondió el Congreso local por la denuncia hecha por la organización civil AMICUS, cuando aseguraron que el Legislativo apeló la decisión del juzgado de distrito al querer cambiar las actas de nacimiento, pues para ellos fue un acto de discriminación.

Fue en enero pasado cuando dos personas transgénero recibieron un amparo federal para cambiar su acta de nacimiento, pues en el código civil estatal no lo permite y el amparo federal podría hacer valer dicho cambio. Cabe señalar que sólo las personas de este género tienen que hacer el trámite judicial, mientras que las demás personas sólo lo realizan con trámite administrativo.

Y es que en el comunicado emitido por el Congreso local, se señaló textual: “El Congreso del Estado no está impidiendo que se realice la rectificación de acta ni hay discriminación de ningún tipo como se señala en algunas notas».

«Es importante subrayar que en dos casos similares, se ha fallado en contra de quienes promueven negándoles el amparo y protección de la justicia federal, al precisar que el Código Civil del Estado de Guanajuato, no es inconstitucional pues no limita el libre desarrollo de la personalidad», se especificó.